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Autoprohibición: cómo inscribirse en el RGIAJ

El registro estatal que bloquea tu acceso a todos los operadores con licencia DGOJ: qué norma lo crea, cómo se solicita y por qué la baja tarda seis meses.

Publicado: 2026-08-10Última revisión: 2026-08-10Autor: Redacción de OnlineCasino.Barcelona

La autoprohibición estatal es una inscripción en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ), que lleva la Dirección General de Ordenación del Juego. Una vez inscrito, ningún operador con licencia estatal puede dejarte jugar: tienen que consultar el registro y suspender tu cuenta. La inscripción es por tiempo indefinido y no puedes pedir la baja hasta que pasen seis meses.

Qué dice la norma y dónde está publicada

La prohibición nace en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego (BOE-A-2011-9280). Su artículo 6.2.b) prohíbe participar en el juego a «Las personas que voluntariamente hubieren solicitado que les sea prohibido el acceso al juego o que lo tengan prohibido por resolución judicial firme». El artículo 6.3 ordena crear el registro, y el artículo 22.1.b) lo define y añade la frase que lo convierte en algo operativo: «La información de este registro se facilitará a los operadores de juego con la finalidad de impedir el acceso al juego de las personas inscritas en el mismo».

El procedimiento está en el Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre (BOE-A-2011-17836), capítulo III de su título III, artículos 55 a 62. Ahí está el dato que casi nadie cuenta bien. El artículo 60.1 dice que las inscripciones pedidas por el propio interesado «lo serán por tiempo indefinido». Y añade que «a petición del interesado podrá solicitarse la cancelación de la inscripción una vez transcurridos seis meses desde la práctica de la misma».

El Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo (BOE-A-2023-6735) define la figura en su artículo 3.c) y regula qué tiene que hacer el operador cuando te encuentra en el registro.

Qué significa en la práctica

Alcanza a todos los operadores con licencia estatal, sin excepción: casino, apuestas, póker y bingo online. No hay forma de esquivarlo abriendo cuenta en otro sitio legal, porque identificarte es obligatorio para abrirla y esa identificación es exactamente lo que se comprueba.

Con la cuenta ya abierta, el artículo 31 del Real Decreto 176/2023 obliga al operador a suspenderla en cuanto conoce la inscripción. Mientras dure, no puedes depositar ni jugar, pero sí sacar tu dinero. El artículo 33 le prohíbe además enviarte comunicaciones comerciales, y esa prohibición solo cae «desde el día siguiente a aquel en que estas personas dejen de estar inscritas».

Fuera del online, la DGOJ explica en su propia página que la prohibición alcanza también a los juegos reservados presenciales —las loterías— cuando su normativa lo prevé, y que puede aplicarse en el momento de pagar el premio. Esa página está hoy caída: la hemos leído en la copia archivada del 11 de julio de 2026.

Paso a paso

  1. Descarga el formulario oficial en el apartado de formularios impresos de la sede electrónica de la DGOJ. El trámite figura ahí con el código SIA 200251 y sirve para inscribirse, modificar datos o darse de baja.
  2. Elige el canal. En papel hay tres destinos: cualquiera de los registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015 —registros electrónicos de las administraciones, oficinas de Correos, consulados, oficinas de asistencia en materia de registros—, los servicios de admisión de los establecimientos de juego y las comisarías de la Policía Nacional. Por internet, la sede electrónica de la DGOJ admite usuario y contraseña, certificado digital o Cl@ve. Para registrar la solicitud electrónicamente hace falta certificado o DNIe. Y existe una app, «DNIe autoprohibidos», solo Android y solo con DNIe 3.0 y NFC.
  3. Espera poco. El artículo 58.3 obliga a inscribir «en el menor plazo posible y, como máximo, en los tres días siguientes a la recepción de la solicitud en su Registro General Administrativo». Los tres días cuentan desde que la solicitud llega a la DGOJ, no desde que tú la entregas en la ventanilla.
  4. Para la baja, cuenta seis meses. Solo se pide a la DGOJ. Después, el operador puede levantar la suspensión de tu cuenta, y el artículo 34 le obliga a mandarte antes un mensaje específico.

Lo que se entiende mal a menudo

  • No se eligen plazos. Muchas guías hablan de inscribirse «por un año» o «por cinco». Eso es el registro catalán, no el estatal. En el RGIAJ solo hay indefinido con un suelo de seis meses.
  • No es lo mismo que autoexcluirse en un casino. La autoexclusión del artículo 32 vale en ese operador y en ninguno más.
  • La baja no es inmediata. El artículo 61.3 da a la DGOJ hasta seis meses para resolver la cancelación, con silencio positivo si no responde.

Cuándo cambia esto y cuándo lo revisaremos

Revisaremos esta página cuando ordenacionjuego.es vuelva a responder, para confirmar los canales contra la fuente viva en lugar de la copia archivada. No hemos podido verificar si Cataluña ha firmado con la DGOJ el convenio de interconexión automatizada de registros que prevén el artículo 22.1.b) de la Ley 13/2011 y el artículo 62 del Real Decreto 1614/2011; hasta comprobarlo, no afirmamos que una inscripción aquí cierre por sí sola los locales catalanes.

FAQ

¿Cuánto dura la inscripción en el RGIAJ?

Por tiempo indefinido. El artículo 60.1 del Real Decreto 1614/2011 no permite elegir un plazo: la inscripción voluntaria dura hasta que tú pidas cancelarla, y esa petición no puede presentarse antes de que pasen seis meses desde que se practicó. No hay opción de «un mes» ni de «un año» como en otros sistemas.

¿La autoprohibición estatal me cierra los casinos y salones de Barcelona?

No por sí sola. El RGIAJ afecta al juego online con licencia estatal y, según la propia DGOJ, a los juegos reservados presenciales (loterías) cuando su normativa lo exige. Los salones de juego, casinos y salas de bingo de Cataluña dependen del registro catalán, que se pide aparte en las oficinas de atención ciudadana de la Generalitat.

¿Qué diferencia hay entre autoprohibición y autoexclusión?

La autoprohibición es una inscripción en un registro público que obliga a todos los operadores con licencia estatal a suspender tu cuenta. La autoexclusión, regulada en el artículo 32 del Real Decreto 176/2023, la gestiona un solo operador: es efectiva en un máximo de 48 horas desde que completas la solicitud y es irrevocable durante el plazo que tú señales; si señalaste más de seis meses, puedes revocarla una vez transcurridos esos seis meses.

¿Qué pasa con el dinero que tengo en la cuenta cuando me inscribo?

No se pierde. El artículo 31.3 del Real Decreto 176/2023 obliga al operador a permitirte solicitar la transferencia del saldo, incluidos los premios anteriores a la suspensión y los premios ganados durante ella por apuestas hechas antes, por cualquiera de sus medios de pago y sin coste adicional.

Fuentes

  1. Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego (BOE-A-2011-9280), arts. 6 y 22fuente primaria, consultado el 2026-08-10
  2. Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre (BOE-A-2011-17836), arts. 55 a 62fuente primaria, consultado el 2026-08-10
  3. Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo, de entornos más seguros de juego (BOE-A-2023-6735), arts. 3, 31 a 34fuente primaria, consultado el 2026-08-10
  4. Sede electrónica de la DGOJ — formularios de solicitud en el RGIAJfuente primaria, consultado el 2026-08-10
  5. DGOJ, «Autoprohibición al juego» — copia archivada de 11 de julio de 2026 (ordenacionjuego.es responde 503)fuente secundaria, consultado el 2026-08-10